Uniendo cosas en apariencia inconexas, me opongo a toda reforma del Código Penal que pretenda hacer imprescriptible a delito alguno. La prescripción tiene una función que hace a la seguridad jurídica y también a mantener enfocada la actividad del Poder Judicial en el presente: conectada con lo que pasa en las calles y no con los frascos de formol de algún museo del crimen. La chantada político/legislativa y la chantada judicial son dos caras de la misma falsa moneda.
Tener delitos imprescriptibles suena muy justiciero, pero sin importar quien lo proponga, es una venta de humo cuyo único resultado va a ser una mayor ineficiencia del Poder Judicial. Hay plazos razonables en los que el sistema judicial debe resolver los asuntos que se le plantean, y cuando no puede resolverlos, lejos de esconder el fracaso en un archivo que no se cierra, hay que aceptar el fracaso y tratar de aprender de él haciendo lo necesario para que no sea lo usual. No conviene omitir que el Poder Judicial deja bastante que desear, por no decir todo que desear y no lo digo porque hasta un reloj roto y paralizado acierta la hora dos veces por día, así que cada tanto hay algún fallo razonable (especialmente si no hay política de por medio). Es un hecho que a nuestros "jueces" les place más jugar al justiciero del pasado que abocarse a resolver cuestiones del presente.
Que, por ejemplo, al juez federal Sebastián Casanello se lo apode "tortuga" es meramente descriptivo de un Poder Judicial tiempista que presta más atención al viento político que a la letra de la ley.
La prescripción tiene la finalidad de poner límite a la conflictividad, impidiendo que se extienda por décadas cuando ya el curso mismo de la vida hace dudoso que lo que debió resolverse en un plazo razonable pueda ser justo al "resolverse" tardíamente.
Esto también ocurre en el Derecho Civil y en algunos casos se relaciona con el Derecho Penal. Por caso, los delitos vinculados a la conflictividad por la propiedad de la tierra pueden sin duda considerarse graves y no siempre ocurren de modo pacífico. En torno a ellos se producen homicidios, asociaciones ilícitas, tráfico de influencias y otros delitos que acompañan a las usurpaciones.
Sin embargo, como modo de poner límite a la conflictividad por la propiedad de la tierra existe en nuestro Derecho la usucapión, adquisición de la propiedad por posesión a través del tiempo. Imaginemos por un momento que se eliminaran los plazos de prescripción para la persecución penal de los delitos de usurpación, ello pondría en contradicción al instituto de la usucapión, y si este fuera sacado de nuestro Derecho el incremento en la conflictividad por la propiedad de inmuebles sería exponencial, haciendo desaparecer a la seguridad jurídica porque prácticamente se podría discutir indefinidamente una enorme cantidad de títulos de propiedad.
En estas horas diversos medios periodísticos se hacen eco de un caso judicial tramitado en Santiago del Estero, que tiene la particularidad de involucrar al presidente de la Corte Suprema provincial Federico López Alzogaray.
En 1977 un señor llamado Manuel Asencio Ardiles inscribió como de su propiedad un campo de 30 hectáreas bajo su posesión. El campo fue luego heredado por su hijo, de igual nombre. Esa posesión familiar no fue objetada hasta el año 2018, es decir que en cualquier caso, buena o mala fe, habiendo transcurrido 40 años estaban cumplidos los plazos de usucapión.
Por la lógica de los plazos legales podría suponerse que una demanda iniciada en 2018 reclamando una propiedad que otro posee desde 1977 sería desestimada de plano. Pero esto no fue así y el demandante, que no es otro que el actual presidente de la Corte Suprema de Santiago del Estero Federico López Alzogaray, obtuvo una sentencia de un juez de primera instancia en virtud de la cual se desalojó a la familia Ardiles en Mayo del 2022.
El caso recobra notoriedad por la difusión de un documental presentado por el Instituto Interamericano por la Democracia (IID), ONG con sede en Miami, mediante la visita al país de dos de sus miembros: Armando Valladares Pérez y Marcel Feroud.
Cabe observar que Armando Valladares Pérez, es un cubano que pasó 22 años en prisión (desde 1960 hasta 1982) por oponerse a la dictadura de Fidel Castro, apoyó a los Contras de Nicaragua y fue condecorado por el Presidente Ronald Reagan. Feroud, por su parte, es un abogado que ha obrado en Ecuador por la libertad de presos políticos bajo el régimen de Rafael Correa. Viene bien tenerlo presente porque desde hace muchos años, y con total impunidad durante el régimen kirchnerista, a través de la "Propuesta Tatú", programa dirigido desde la Embajada de Cuba en Buenos Aires, los activistas comunistas, al amparo de la asistencia médica solidaria, fogonean conflictos sociales en Santiago del Estero y otros puntos del país. A ello no es ajeno el Movimiento Campesino de Santiago del Estero (MOCASE) de clara orientación izquierdista, vinculada por ejemplo a la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) referenciada con Juan Grabois. El MOCASE atraviesa en el presente algunas fricciones internas en cuanto a la metodología, mismas que se hicieron notorias en torno al acuerdo alcanzado en la disputa con Norberto Milei, padre del Presidente Javier Milei, quien cedió 3.300 hectáreas que en los papeles estaban a nombre de su empresa, La Ponderosa, pero que en los hechos la posesión era discutible. Y como fue señalado la posesión sostenida a través del tiempo es un medio legal de adquirir título de propiedad.
Apunto estas precisiones sobre la postura ideológica de los mencionados porque, justamente, el punto aquí no es la ideología. El punto es el posible abuso de poder, desde que un juez de corte provincial litiga en tribunales sometidos a su jurisdicción y obtiene una sentencia favorable y que se ejecuta en un contexto que siembra dudas. Evidentemente hay en este caso, a priori y sin entrar a analizar si lo resuelto se ajusta a Derecho o no, una cierta incompatibilidad de aquellas que bien podrían resolverse derivando el litigo a jueces de otra jurisdicción. No está bien ni contribuye a la credibilidad del Poder Judicial que pleitos que involucran a jueces de una provincia sean resueltos por sus colegas, mucho menos cuando quien litiga es cabeza del Poder Judicial.
Por supuesto, ni remotamente estoy sugiriendo que deban facilitarse las usurpaciones de tierras, está claro que las instituciones del Estado deben obrar rápido frente a la comisión del delito, cuando lo hay, o en la resolución de situaciones controversiales cuando se producen. Para eso están los tribunales, para resolver cuestiones presentes garantizando así la paz social. Lo que sostengo es que pasado un tiempo prolongado, como el que parece haber podido acreditar la familia Ardiles, hacer de cuenta que no han pasado 40, 30 o 20 años es colocar a todo título de propiedad en un limbo de eterna duda y conflictividad. Y riesgoso, muy riesgoso.
Es muy simple de entender y es preciso que se tenga siempre presente: La República es un sistema creado para prevenir y evitar los abusos del poder.
Ese sistema contempla mejor que ningún otro las debilidades humanas, reconoce la tendencia del poder a corromperse y ser absoluto, por lo que lo limita manteniéndolo dividido en funciones que no pueden concentrarse bajo ninguna circunstancia.
Al respecto, la Constitución de la Nación Argentina registra una enseñanza de su nuestra propia historia en su Artículo 29, donde en muy duros términos los constituyentes aborrecen la suma del poder público:
"El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria".
Hace a la esencia del sistema republicano poner obstáculos a los abusos del poder y eventualmente, cuando a pesar de ello ocurren, mecanismos para abortarlos. Por eso a este artículo, que además es de muy bella redacción, no cabe interpretarlo con un sentido restrictivo a la literalidad de las hipótesis planteadas, es una declaración de principios que va más allá del Poder Ejecutivo sobre cualquier funcionario que ejerce alguna responsabilidad; incluyendo a funcionarios judiciales.
En varias oportunidades y artículos es subrayado que los jueces, en función de la misión que se les asigna, deben necesariamente ser ejemplos de honorabilidad y sostener una conducta intachable basada en principios éticos y morales que deben mostrarlos, siempre, muy por encima de la media general de la sociedad. Las debilidades morales que pueden ser aceptables o tolerables en un habitante / ciudadano común, no pueden serlo en los jueces.
Para explicarlo vale recordar el caso del Juez Federal Norberto Oyarbide cuando fue filmado en un prostíbulo. No acepto discusión respecto a que los jueces no pueden ser clientes prostibularios, y mucho menos tener una suerte de sociedad con el proxeneta. A Oyarbide se le toleró esa falta moral y no fue destituido, como debió serlo. Así la exigencia de honorabilidad de los jueces se relajó dando inicio a lo que, perfectamente, se puede calificar hoy de Poder Judicial prostituido.
Lo digo otra vez, por si alguien se siente ofendido para desafiarlo a refutar esta afirmación: Ningún país con mayoría de jueces honorables, probos y eficientes, alcanza el grado de daño institucional, degradación cultural, caída material y hasta miseria intelectual que exhibe desde hace décadas la República Argentina.
De hecho, sometiéndose sumisos al relato montado por el kirchnerismo para llevar adelante su proyecto totalitario, los jueces que debían ser honorables y férreos guardianes de la Constitución Nacional, consolidaron un grosero prevaricato sistematizado montado en torno a los juicios de revancha terrorista mal llamados de "lesa humanidad".
Tan escandaloso es ese prevaricato sistematizado, tan falto de sustancia jurídica al desconocer principios y garantías constitucionales del Derecho Penal, que el ministro de la CSJN Ricardo Lorenzetti (en su juventud integrante de la Juventud Peronista, ligada a la organización terrorista Montoneros) ha reconocido, en lo que de existir conciencia cívica en este República vaciada de contenido sería un "sincericidio", que los llamados juicios de lesa humanidad no surgieron de la aplicación del Derecho, sino del "clamor popular, de las calles", hasta convertirse en política de Estado respaldada por los tres poderes en distintas épocas, al punto que según su opinión (que claramente no comparto) "forma parte del contrato social de los argentinos, es un consenso extendido".
Lo que llama "clamor popular" ha sido puramente activismo de izquierda, prepotencia violenta que incluía acciones de claro corte totalitario como los llamados "escraches", brutales agresiones físicas como la sufrida en su momento por los actores Elena Cruz y Fernando Ciro, quienes cometieron el terrible delito de no perder la memoria sobre lo ocurrido en los años de plomo. Desde los juicios de Alfonsín, la revisión judicial de la Guerra Sucia siempre ha sido controversial. Y es innegable ya que todo el circo judicial que siguió a la inconstitucional anulación de indultos y leyes (Punto Final y Obediencia Debida) sirvió de cortina para la corrupción kirchnerista. Está claro hoy que lo que Lorenzetti llama "consenso" no fue otra cosa que la apariencia creada por el proceso orwelliano de desmemoria y adoctrinamiento colectivo que, desde el uso faccioso de los recursos estatales, implemento el régimen kirchnerista.
CONCLUSIÓN:
Toda República puede sobrellevar un cierto grado de funcionarios corruptos, porque es un sistema que parte de comprender las debilidades humanas, tanto que fue creado para contenerlas de modo tal que hagan el menor daño posible y subsanarlas. La Constitución Nacional contempla herramientas duras para intervenir cuando la República está siendo defraudada. Y no está mal recordarlo, ni que el Presidente tenga a la mano al menos dos carpetas con casos que podrían derivar en intervenciones federales a provincias que han hecho del sistema republicano un decorado. Una de esas carpetas es sobre Formosa y el gobernador Gildo Insfrán aunque, mal que nos pese al Senador Francisco Paoltroni y a mí, parezca tener destino de olvido en el cajoncito de abajo.
La decisión que trasluce el Presidente Milei es la de priorizar urgencias de su gestión por sobre el deber ser republicano. Algo que quizás debiera reconsiderar comprendiendo lo mucho en que ambas cosas se relacionan.
Carpetas al margen, lo que ninguna República puede sobrellevar es un poder judicial corrupto, y en esto los jueces son iguales a la mujer del César: no basta que sean honrados, también deben parecerlo. Y acá, además de no parecerlo, yo personalmente tengo el convencimiento que no lo son. El estado de las instituciones, cada concesión al poder en perjuicio del sistema republicano, demuestra que no lo son.
A los jueces, quienes finalmente deciden sobre fortunas y vidas de los habitantes del país, se los debe juzgar con un rigor extremo en tanto sí o sí deben ser moralmente superiores al común de los ciudadanos. No es aceptable existan jueces que sean moralmente débiles, que cedan a presiones políticas, que antepongan su interés personal al deber de la función, que puedan ser extorsionados, que deban favores a indeseables, etcétera, etcétera, etcétera.
Ser juez significa antes que nada un honor, porque sólo honorablemente puede un juez cumplir con sus responsabilidades.
Desde hace décadas, no es esa la norma en el Poder Judicial, hemos visto demasiadas traiciones éticas, tanto de jueces federales como provinciales, y por eso la credibilidad del Poder Judicial es insuficiente. En tal sentido varios analistas celebran que el Índice de Confianza en la Justicia (ICJ), elaborado por FORES y la Universidad Torcuato Di Tella (UTDT), alcanzara 52,4 puntos durante el segundo semestre de 2025. Yo no lo celebro, sigue siendo muy bajo y la mejora obedece a lo que podría denominar una "percepción estacional" con la condena y prisión (aunque domiciliaria) de Cristina Fernández. No soy de apostar, pero apostaría que, en cuanto el público se aburra del nuevo circo y vea nuevos renuncios de ocasión política, las próximas mediciones volverán, como siempre desde hace años, a valores por debajo del 50%. Ojalá me equivoque, no me molestaría.
Dicho esto, nadie crea que me simpatiza Cristina Fernández, mucho menos que la considere inocente como mienten sus acólitos, simplemente recuerdo que está condenada porque la actividad delictiva era tan grande que ya los "jueces" no tenían forma de eludir la condena sin exponerse. Pero el problema sigue siendo el mismo.
Como corolario, elijo cerrar evocando aquel cuento del molinero que pudo discutir de igual a igual con Federico El Grande porque tenía la certeza, que también era la certeza de Federico, de la existencia de jueces en Berlín. Me encanta la dignidad de gobernado y gobernante que exhibe ese relato bajo la imposibilidad del poder absoluto.
Sería maravilloso poder decir cosa semejante con la misma convencida tranquilidad del molinero, porque condensa en un simple punto práctico toda la razón de ser de la lucha por el Derecho. Pero es algo que ningún argentino podría decir, porque seguro no hay jueces en Buenos Aires, y muy posiblemente tampoco los hay en ninguna capital de provincia.
Ariel Corbat, La Pluma de la Derecha,
un liberal que no habla de economía.
Estado Libre Asociado de Vicente López

















