La Constitución Nacional no admite prerrogativas de sangre, de allí la igualdad ante la ley y la idoneidad como base del empleo.
Pero en la AFIP los cargos se heredan... Porque a través del Convenio Colectivo de Trabajo se establece un mecanismo de ingreso, que es propiamente un privilegio de casta, totalmente contrario a los mandatos y el espíritu de la Constitución Nacional. Más aún, contrario al más elemental sentido común respecto de la eficiencia institucional.
Imagen gentileza del Dr Ricardo Mihura Estrada |
Así, con esta cláusula que a todas luces aborrece la Constitución Nacional, se obliga a la ciudadanía toda y a los contribuyentes en particular, a cargar sobre sus enflaquecidos hombros la conversión de un organismo público a fuero de sangre, que garantiza empleo ya no de por vida a una persona sino por varias generaciones a su linaje; otra más de las razones que desquician al Estado.
Sin la irrestricta supremacía de la Constitución Nacional siempre seremos el mamarracho de país que somos.
Ariel Corbat, La Pluma de la Derecha
Estado Libre Asociado de Vicente López