Desde el año 2003 el kirchnerismo ha logrado, implementando un proceso de desmemoria y adoctrinamiento colectivo con el uso subvertido de los recursos del Estado, estigmatizar a los militares y sus familias como inhumanos que no merecen la igualdad ante la ley.
Largo y penoso sería enumerar aquí la interminable sucesión de injusticias a que ha dado lugar esa discriminación que el INADI nunca vio y donde a la par del más obsceno prevaricato de la historia judicial argentina, que son los mal llamados "juicios de lesa humanidad", se troncharon carreras de funcionarios civiles y militares por portación de apellido.
El régimen kirchenrista puso así a las Fuerzas Armadas, Policiales y de Seguridad, lo mismo que al Sistema de Inteligencia Nacional, bajo la constante intromisión de organismos mercaderes de "derechos humanos", como el CELS, a los que, por razones ideológicas y para alimentar el negocio, se les facilitaron lejagos de personal y un cierto poder de veto.
Ante ese cuadro de subversión institucionalizada se instaló como rutinario que los militares fueran humillados permanentemente, con el obvio y consiguiente daño a la moral combatiente que toda fuerza armada debe conservar como su bien más preciado; por ser el que honra la sangre de camaradas derramada por una sola bandera.
Debió haberse puesto fin a esas intromisiones hace mucho tiempo, pero la realidad es como es y en conocimiento de la misma es que cabe celebrar que, ahora, de en tal sentido una muy buena señal el Ministerio de Defensa a cargo de Luis Petri.
Ha ocurrido que la CONADI (Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad), por intermedio de su titular Claudia Carlotto (hermana de la terrorista montonera Laura "Rita" Carlotto), solicitó al Ministerio de Defensa que le fuera entregada copia certificada del legajo personal de un efectivo e historia clínica de su esposa.
Ese expediente iniciado por la CONADI fue respondido por el Subsecretario de Planeamiento Estratégico y Política Militar Guillermo Madero, quien con el debido fundamento rechazó entregar la información solicitada, en los términos que se transcriben a continuación:
Sra. CLAUDIA S CARLOTTO:Me dirijo a usted en mi carácter de Subsecretario de Planeamiento Estratégico y Política Militar con relación al expediente de referencia, mediante el cual se solicita el Legajo Personal de xxxxx DNI xxxx E HISTORIA CLINICA DE SU ESPOSA xxxxx DNI xxxxx, remarcando que se solicita copia certificada del legajo completo, incluyendo fojas de servicio, familia, historia clínica y cualquier otra documentación relevante.Primeramente, no puede dejar de advertirse que es el Ministerio Público Fiscal el órgano competente para la investigación y promoción de las acciones judiciales orientadas al juzgamiento de los delitos ante el Poder Judicial de la Nación, encontrándose constitucionalmente vedado al Poder Ejecutivo el ejercicio de funciones jurisdiccionales (arts. 108, 109, 116 y 120 de la CN).Tanto el art. 19 como el 43 de la CN protegen el derecho a la intimidad, uno de los más preciados valores del respeto a la dignidad del ser humano, por lo que solo puede ser objeto de injerencia en la medida en que exista una orden judicial debidamente fundada destinada a obtener información específica, no indeterminada, sin que pueda ser soslayada en miras a satisfacer una necesidad genérica y abstracta de prevenir o descubrir delitos, lo que equivale a decir que no están permitidas las llamadas “excursiones de pesca”.En ese sentido, el art. 1° de la Ley 25.326 dispone la protección integral de los datos personales como una medida fundamental para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas.Asimismo, el art. 14 de la Ley 26529 establece que “El paciente es el titular de la historia clínica”.Se considera a la información contenida en el Legajo Personal, un asunto alcanzado por lo establecido en el Anexo al Decreto Nro 9390/60 (que define “Secreto Militar”), y por lo tanto restringirse su acceso a aquellas autoridades competentes.La solicitud que nos ocupa no se efectúa en el marco de un caso judicial con un objeto determinado fundado en elementos que sustenten sospechas sobre una hipótesis delictual. Por el contrario, un organismo perteneciente a la Administración Pública requiere la totalidad de los registros, incluso la información de salud, que se encuentran dentro de las excepciones previamente citadas.En dichas circunstancias, en función de los derechos personalísimos involucrados y en atención a los fundamentos jurídicos expuestos, el MINISTERIO DE DEFENSA no se encuentra en condiciones de dar cumplimiento a lo solicitado, quedando la documentación disponible para ser requerida por la vía judicial correspondiente.Atentamente.Lic. GUILLERMO MADEROSubsecretario de Planeamiento Estratégico y Política Militar - MINISTERIO DE DEFENSA
Felicito a Luis Pertri y Guillermo Madero por preservar derechos del personal militar y sus familias. Es un paso en la dirección correcta.
Para cerrar me permito una acotación personal, es curioso que los que para sus pretensiones ideológicas exhiben como escudo el derecho a la identidad como si fuera un absoluto, sean los mismos que avalan esa supresión de la vida y la identidad que es el aborto tal cual se encuentra legislado. Lo remarco porque es otra más de las muchas doble varas con que la hipocresía izquierdista intenta marcar lo políticamente correcto.
Está claro que igual que para los cerdos de Orwell, también para los mercaderes de derechos humanos: Algunos animales son más iguales que otros...
Ariel Corbat, La Pluma de la Derecha,
un liberal que no habla de economía.