viernes, 29 de diciembre de 2023
AFI: SILVESTRE SÍVORI, SI LA VE, LA TIENE SERVIDA PARA HACER HISTORIA
jueves, 28 de diciembre de 2023
SEGURIDAD: UN ACIERTO Y UN ERROR EN EL PROYECTO DE LEY ÓMNIBUS
ARTICULO 34.- No son punibles:
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2° El que obrare violentado por fuerza física irresistible o amenazas de sufrir un mal grave e inminente;3°. El que causare un mal por evitar otro mayor inminente a que ha sido extraño;4°. El que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo; en cuyo caso, la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo.5°. El que obrare en virtud de obediencia debida;6°. El que obrare en defensa propia o de sus derechos, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias:a) Agresión ilegítima;b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;c) Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.
Se entenderá que concurren estas circunstancias respecto de aquel que rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor.
Igualmente respecto de aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar o de un inmueble en el que legítimamente se alojara o trabajara, siempre que haya resistencia o señales que pudieran hacer presumir una agresión inminente.
También se entenderá que concurren estas circunstancias cuando una diferencia de edad, contextura física, experiencia en riña o el número de los agresores pudiera razonablemente hacer temer a quien se defiende por un daño a su integridad física o sexual. Estará además comprendido en este párrafo quien se defendiere respecto de quien esgrimiera un arma falsa o de quien atacare con un arma mientras huye de la escena.
7°. El que obrare en defensa de la persona o derechos de otro, siempre que concurran las circunstancias a) y b) del inciso anterior y caso de haber precedido provocación suficiente por parte del agredido, la de que no haya participado en ella el tercero defensor.
Quien comete un delito, aun en grado de tentativa, así como sus parientes, en caso de fallecimiento, carecen de acción para querellar o demandar a quien hubiera repelido la acción o impedido la huida, aunque no concurrieren los eximentes de este artículo en favor de quien se defiende u obre en ejercicio de su deber, autoridad o cargo.
ARTÍCULO 331.- Reunión o manifestación. A efectos de este Capítulo de la ley, entiéndase por "reunión" o "manifestación" a la congregación intencional y temporal de tres (3) o más personas en un espacio público con el propósito del ejercicio de los derechos aludidos en la presente.
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ARTÍCULO 333.- Notificación. Toda reunión o manifestación deberá ser notificada fehacientemente ante el Ministerio de Seguridad de la Nación, con una antelación no menor de cuarenta y ocho (48) horas.
viernes, 22 de diciembre de 2023
SOBRE EL DNU 2023-70 DEL PRESIDENTE MILEI
martes, 12 de diciembre de 2023
TANGO, ECONOMÍA Y TRUCO, UNA ANÉCDOTA
sábado, 2 de diciembre de 2023
EL PESO DE LO ETÉREO EN LA MOCHILA DEL PRESIDENTE MILEI
miércoles, 29 de noviembre de 2023
CINCO CONDENAS Y UN GRAVE PROBLEMA PARA LA SEGURIDAD NACIONAL
martes, 28 de noviembre de 2023
LA DAÑADA MORAL DEL EJÉRCITO ARGENTINO
domingo, 26 de noviembre de 2023
LA IMPORTANCIA DEL AUTOCONOCIMIENTO
viernes, 24 de noviembre de 2023
CARTA ABIERTA A PATRICIA BULLRICH, OTRA VEZ MINISTRO DE SEGURIDAD
jueves, 23 de noviembre de 2023
EL CAMINO DIFÍCIL
sábado, 18 de noviembre de 2023
RETRACTACIÓN DE "CONTEXTUAL"
"Tenes razón con los errores que marcas sobre ese informe. Ya fue removido el párrafo en el que refiere a tu persona y aclarado en nuestro sitio. También los medios que levantaron el informe harán la corrección correspondiente".
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viernes, 17 de noviembre de 2023
ANDRES PIAZZA, LA PARADOJA DEL DESINFORMADOR CONTEXTUAL
El portal de noticias INFOBAN publica una nota con un título bien de campaña sucia: "La Libertad Avanza «habilita violencia y discursos de odio», según informe".
El informe en cuestión es el publicado por CONTEXTUAL bajo el título: "Las principales figuras de La Libertad Avanza habilitan múltiples formas de violencia y discursos de odio". Allí se me alude maliciosamente, porque siendo evidente en la lectura que quien la escribió me googleó, queda claro que eligió mentir e interpretar datos caprichosamente, para desinformar inventando un discurso antidemocrático.
Muchas veces, en función de temas abordados en artículos de mi autoría, he aclarado que no soy militar. Por caso en este blog se puede leer esta entrada del año 2021 titulada: "UNA ANÉCDOTA 100% CIVIL". Es absurdo que digan que soy militar si yo nunca dije serlo.
2021, el mismo año en que me atribuyen, originalmente CONTEXTUAL e INFOBAN por replicar, haber llamado a matar al presidente. Lo cual también es falso.
En 2021 publiqué un artículo titulado: "MATAR AL PRESIDENTE". Cualquiera que lo lea más allá del título comprenderá que no es ningún llamado a matar a nadie. Y, sí, sostengo que desde la ficción literaria matar al gobernante, en especial si es un tirano, siempre es atractivo. ¿Me hubiera gustado una reedición argentina de la primavera rumana? Me hubiera encantado. Es una fantasía agradable. Y nada más que una fantasía poética o literaria. Llamar a matar es otra cosa.
También afirman que reivindico a Thatcher y Videla, no creo reivindicarlos, pero sí los comprendo en sus contextos y en tal sentido vale tanto el video mencionado sobre Thatcher y el reportaje de Ulises Cuenca para Agencia NOVA en el que dije que "Videla es más honesto que Néstor Kirchner y Cristina Fernández".
Y mienten al decir que defiendo al "neonazi" Carlos Pampillón. Yo no defiendo a ningún neonazi, porque Pampillón no es neonazi, es fundador de RENACER, un partido político comprometido con la supremacía de la Constitución Nacional. Esa misma que otros incumplen siendo gobierno, como cuando pretextando pandemia la derogaron de facto para someter a toda la población a la arbitrariedad de sus caprichos.
Cierro esta breve reseña:
CONTEXTUAL e INFOBAN eligieron mentir, deliberadamente optaron por mentir y reproducir la mentira. Quizás porque creen que si llaman a alguien "militar" queda demonizado y le pueden atribuir intenciones asesinas.
Al respecto es dable subrayar que CONTEXTUAL es un proyecto del Instituto de Desarrollo Digital de América Latina y el Caribe (IDD LAC). Andrés Piazza preside CONTEXTUAL y, vaya casualidad, es citando un informe de Contextual que Estela Carlotto, madre de la terrorista montonera "Rita", pretende que Google censure a quienes decimos que los desaparecidos no son 30.000 y que la guerra antisubversiva no fue un genocidio.
A finales de Octubre, en relación a ello y por medio de un tuit, le pregunté a Piazza si CONTEXTUAL promueve la falsedad y la censura.
Expresé también que blindar mentiras imponiendo la censura es propio de dictaduras como Cuba. Y que esperaba su respuesta porque no acataremos ninguna limitación a la Libertad de Expresión, ya que no fueron 30.000 y aquí hubo guerra y no genocidio.
Andrés Piazza nunca me respondió. Hasta ahora. Porque al ser aludido de manera mentirosa en un informe de CONTEXTUAL me queda en claro la paradoja de los que dicen luchar contra la desinformación y los discursos antidemocráctios pero hacen todo lo contrario. Con los hechos por respuesta, es manifiesto que CONTEXTUAL efectivamente promueve la falsedad. Queda por responder si la censura también.
Cualquiera sea su intencionalidad yo soy Ariel Corbat, La Pluma de la Derecha, un republicano y no un progre asustadizo con miedo al qué dirán de la corrección política del régimen.
un liberal que no habla de economía.
Estado Libre Asociado de Vicente López