martes, 14 de julio de 2015

¡YO SOY SARMIENTO!


"¡Sed virtuosos si os atrevéis!" 

Domingo Faustino Sarmiento.



Leer a Domingo Faustino Sarmiento en sus "Recuerdos de Provincia" es admirar el ego de un hombre dispuesto a ser y hacer historia. Era un náufrago a la deriva en un océano de adversidades, y sin embargo fue Sarmiento. Tuvo la ilusión de serlo, lo proclamó confiando en sus talentos y voluntad, inmune a cuantas miradas despectivas le cayeron encima para fulminarlo por iluso. Eran otros tiempos sí, pero igual de difíciles. La República era tan utopía como ahora y si las amarguras lo empujaron al destierro, llevando en el cuerpo los moretones de la tiranía, nunca claudicó. A la suma de desdichas el destino se empeñaba en ofrecerle escusas para rendirse, a todas las despreció; como aquella vez en Setiembre de 1841 en que al asomar a la Patria por la cordillera en lugar de esperanza y lucha encontró los restos derrotados del ejército del General Gregorio Aráoz de La Madrid.   

Se suele decir que leer permite hablar con los muertos. Y algo de eso habrá, porque leer a Sarmiento es escuchar su voz, sentir su aliento, contagiarse del belicoso espíritu y dar pelea. La nueva tiranía quizá no sea sangrienta, todavía, pero su perversidad es mayor e idénticas sus ambiciones de poder absoluto. El régimen kirchnerista ha desquiciado la Patria potenciando sus males como Rosas mismo no pudo hacerlo con la suma del poder público. Con el país dañado en lo institucional, degradado culturalmente y afectado en su intelectualidad, la voz del "loco" Sarmiento y sus puños cargados de verdades son imprescindibles. De no haber existido tendríamos que inventarlo, pero dado que existió debemos emularlo. Nosotros veremos caer el régimen tal como Sarmiento vio fugar la tiranía.

Confieso, sin pudor y a desprecio de toda mofa que "¡Yo soy Sarmiento!" es el grito de guerra que me empuja a no resignarme. Sin ese grito, no hubiera ido hoy 14 de Julio de 2015 a Tribunales para presentar este escrito, con el que doy por cerrada la acción intentada contra el inconstitucional decreto que dio creación al Ministerio de Cultura. 

Un acto de resistencia individual, como fue para Sarmiento escribir "On ne tue point les idées" en los baños del Zonda. 




APELA HONORARIOS

J. Santiago Tamagnone (h), abogado T° 115 F: 835 (CPACF), manteniendo domicilio procesal en la calle Muñiz N° 1057, 2° “A”, CABA (zona de notificación 29), y domicilio electrónico en CUIT N° 20-17737490-4, en expediente N° 21449/2014 caratulado “TAMAGNONE JOSE SANTIAGO C/PEN S/AMPARO LEY 16.986”, me presento y digo:

APELA HONORARIOS
Notificado de la regulación de honorarios dispuesta por el funcionario judicial, protesto que el monto regulado es a todas luces excesivo. Esto no es dicho en demérito de los letrados de la contraria, sino por el carácter elusivo hacia la cuestión de fondo asumido en el expediente por parte de los funcionarios intervinientes, lo que hizo de la labor de los abogados actuantes un mero formalismo simbólico.

Si los honorarios de los abogados de la demandada resultan regulados en función de la naturaleza del asunto, preciso es decir que el asunto no fue tratado. Respeto la calidad de la labor realizada por los colegas de la contraria, pero es evidente que la eficacia ha sido mínima: los abogados del PEN no lograron que la demanda fuera rechazada in límine, ni que la sentencia dictada afirmara la constitucionalidad del decreto cuestionado. Ni chicha ni limonada, cintura política diríase, lo fallado es apenas una sarta de elusiones para evitar pronunciarse sobre el fondo, por lo que también la extensión de la labor realizada ha sido mínima, mera inercia en la lógica del poder indiviso. Aunque no se hubiesen presentado, lo mismo se hubiera fallado... 

En este expediente no he sido vencido por la contraparte, sino por la poca audacia intelectual de los funcionarios intervinientes: ¡ni el mismo Dr. Juan Bautista Alberdi hubiera podido lograr que hicieran cumplir la Constitución Nacional! ¿Alguien quiere entender las razones del descrédito que tiene en la consideración cívica el Ministerio Público Fiscal y el Poder Judicial?, pues no tiene más que leer el expediente y entenderá que reclamar por la supremacía de la Constitución Nacional ante estos estrados judiciales no sirve para otra cosa que echar a andar en círculos una inútil máquina burocrática que ignora adrede esa misma Constitución. 

Frente a un DNU dictado en flagrante violación de la Constitución Nacional, esta parte reclamó para su condición de ciudadano tener legitimación procesal dada la acefalía del Defensoría del Pueblo de la Nación, subrayando para ello que el incumplimiento del Congreso en nombrar titular para ese órgano no borraba el Artículo 86 del texto constitucional, y que como enseñara Carlos Cossio el Derecho debe interpretarse como una totalidad aunque se resuelva un caso por una norma específica. Claramente una argumentación jurídica, pero en el colmo del agravio hacia un abogado, los tres funcionarios de la segunda instancia López Castiñeira, Márquez y Caputi, como resolviendo una cuestión de peras con un tratado sobre el durazno, sostuvieron que: “La postura del apelante, que ha sido formulada sin expresar ningún argumento jurídico, no es más que un intento de describir una categoría legitimación inexistente en términos legales y jurisprudenciales, que por basarse íntegramente en el criterio particular del actor, no resulta suficiente para conferirle la virtualidad pretendida”. Así, básicamente han afirmado que la Constitución Nacional no entraña argumento jurídico alguno y que la división republicana que señala en su texto es otra entelequia, como el Defensor del Pueblo de la Nación que menciona el Artículo 86 de la roída carta; ni más ni menos que una incógnita videliana: no tiene entidad, ni viva ni muerta, más allá de lo que en ella se lea, la Constitución no existe, no está o está desaparecida. 

Se eludió la cuestión de fondo, como también otras cuestiones, para nada menores, surgidas del expediente. Nunca se explicó qué hacía una “cinta rosa” (¿significaría “Casa Rosada”?) marcando el expediente, ni qué otras providencias además de la que implicó dar el expediente en préstamo a los abogados de la contraria ha sido firmada de motu propio por el Sistema Lex 100. Sólo elusiones para garantizar que el poder siga indiviso. 

Esta ficción de Justicia, donde los funcionarios hacen de la abogacía un arte intrascendente, ninguneando argumentos, bastardeando la condición de ciudadano y traicionando la Constitución Nacional, no vale dos pesos. Ese merece ser el monto regulado en este expediente, y a dividir por dos; pese a que, en memoria de los Constituyentes y su finada obra, sigue siendo muy caro.


J.S.TAMAGNONE (H)
ABOGADO U.B.A.
T°115 F°835 CPACF


Ariel Corbat, La Pluma de la Derecha
Estado Libre Asociado de Vicente López

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